Antecedentes

Con el propósito de garantizar el estricto  respeto al principio de gratuidad de la educación, según mandato de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece “…Corresponde al estado la rectoría de la educación , la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica…”, surge la  figura de los Comités Escolares de Administración Participativa (CEAP), cuyo objetivo es que  bajo un esquema democrático de transparencia y en corresponsabilidad con el sistema educativo, administren,  formalicen y ejerzan las aportaciones voluntarias originadas a través de las madres y padres de familia y/o tutores legales.

Por lo anterior, en cada Centro de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios y de los Centros de Bachillerato Tecnológico  Industrial y de Servicios  deberá integrarse dicho comité bajo  los lineamientos establecidos en  el documento  denominado “Normas Técnicas para la Integración, Ejecución y Funcionamiento  de los Comités Escolares de Administración Participativa en los CETIS y CBTIS”, documento  de observancia y cumplimiento obligatorio para cada uno de los centros de trabajo, siendo esto el inicio de un proceso  de transición en el modelo de captación, ejercicio y comprobación de los ingresos a los comités mencionados.

El Comité Escolar de Administración Participativa del Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios No. 148 fue constituido como una Asociación Civil el día  11 de octubre de 2019 y se denomina: ”CEAP CBTIS 148 SAN FELIPE, ASOCIACIÓN CIVIL”, con domicilio en San Felipe, Gto., y con RFC CCC191011LC06, según consta en Registro Público de la Propiedad, solicitud No 105100, de fecha 02 de diciembre de 2019,   cuyo objeto social de acuerdo con las Normas Técnicas para la Integración, Ejecución y Funcionamientos de los Comités Escolares de Administración Participativa en los Centros de Bachillerato Tecnológico  industrial y de servicios (CBTIS)  pertenecientes a la Unidad  de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, es:

  1. Organizar y vigilar los donativos y aportaciones voluntarias que realice la asociación civil organizada,  cualquier particular y cualquier otro organismo, para que en forma eficiente, eficaz y transparente sean administrados estos recursos, a fin de alcanzar los objetivos institucionales del CBTIS No. 148
  2. Fortalecer la calidad de los servicios educativos, académicos, administrativos y operativos del CBTIS, en condiciones estándares de competitividad como institución de educación media superior tecnológica en México, esto permite que en coordinación con los consejos de participación social de los planteles, los comités escolares de administración participativa fortalezcan las actividades de superación académica, de investigación y desarrollo tecnológico, de apoyo a la docencia y a la investigación y de extensión académica y tecnológica en beneficio de la calidad, equidad y cobertura de las actividades académicas, administrativas y de apoyo  del CBTIS 148, con apego a los dispuesto por la Ley General de Educación.
  3. Implementar, gestionar y ejecutar  programas asistenciales de orientación social, educación o capacitación para el trabajo, encaminados a lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo en beneficio de los jóvenes estudiantes.
  4. Gestionar donativos  en efectivo y/o especie ante instancias públicas y privadas, nacionales o internacionales, para el cumplimiento del objeto social.
  5. Dar cumplimiento a  todas y cada una de las obligaciones establecidas en la Normas Técnicas para la Integración, Ejecución y Funcionamiento de los Comités Escolares de Administración Participativa.
  6. La asociación no tienen ningún fin  preponderantemente económico, político o religioso.
  7. La adquisición de todo tipo de bienes muebles e inmuebles y la realización de actos y contratos  necesarios para cumplir con el presente objeto.
  8. Realizar todo tipo de  eventos encaminados a la obtención de fondos  y donativos en efectivo y en especie tanto nacional como extranjera para llevar a cabo el objeto social.
  9. En general, ejecutar los actos que sean necesarios y convenientes para cumplir con el objeto social
  10. La asociación no realizará actividades con fines de lucro.

La Asamblea General Constituyente será quien determine la integración foral de la estructura del CEAP, en ella participarán todas las madres y padres de familia, los tutores legales de las alumnas y alumnos matriculados, así como el personal adscrito y activo al plantel y que no integre u ocupe un cargo de mando o responsabilidad, o comisión sindical, además de convocar a las alumnas y alumnos matriculados.

El CEAP electo por la Asamblea General Constituyente de la Asociación tendrá como objeto:

  1. Representar ante las instituciones educativas, los asuntos acordados por la Asamblea General.
  2. Colaborar para el mejoramiento y mantenimiento permanente de las Instituciones Educativas, a través del cumplimiento del Proyecto de Inversión autorizado y el ejercicio de las aportaciones voluntarias.
  3. Establecer las medidas administrativas necesarias que garanticen la debida aplicación de los recursos provenientes de las aportaciones de las madres y padres de familia y/o tutores legales a los Centros Educativos en colaboración con las instituciones Educativas.
  4. Informar periódicamente al Director del Plantel y a la Asamblea General del estado en que se encuentran las operaciones financieras de las aportaciones voluntarias y de los ingresos de la asociación.
  5. Proponer a las Instituciones Educativas a través del Director del Plantel, las medidas que estimen adecuadas para alcanzar los objetivos señalados anteriormente.

El CEAP se integrará por cinco miembros que comprenden un:

I. Presidente, función que solo podrá ser desempeñada por madres y/o padres de familia y/o tutores legales de las alumnas y/o alumnos matriculados.

II. Secretario, función que solo podrá ser desempeñada por madres y/o padres de familia y/o tutores legales de las alumnas y/o alumnos matriculados.

  1. Tesorero, función que solo podrá ser desempeñada por madres y/o padres de familia y/o tutores legales de las alumnas y/o alumnos matriculados.
  2. Primer vocal, función que solo podrá ser desempeñada por un representante del personal activo y adscrito al plantel y que no integre u ocupe un cargo de mando o responsabilidad o comisión sindical.
  3. Segundo vocal, función que solo podrá ser desempeñada por un representante de las alumnas y alumnos, quien deberá estar debidamente matriculado en el plantel.

Los cargos dentro del CEAP serán de carácter honorífico, por lo cual ninguno de los miembros del mismo recibirá remuneración de ninguna índole por el ejercicio de esta función. Las funciones de cada uno de los miembros de esta asociación son:

1.-Son funciones del presidente del CEAP:

  1. Convocar a través del Director del plantel a la Asamblea General a celebrar reuniones ordinarias y extraordinarias.
  2. Presidir las reuniones en coordinación con la autoridad escolar las reuniones convocadas.
  3. Firmar conjuntamente con el Secretario, la correspondencia  y Actas
  4. Firmar conjuntamente con el Secretario y el Tesorero, los Estados financieros.
  5. Revisar y en su caso, autorizar los documentos de la tesorería.
  6. Reportar bimestralmente a la UEMSTIS y a la Asamblea General del avance del Proyecto de Inversión.
  7. Integrar los informes y reportes que la Autoridad Educativa le solicite al CEAP
  8. Informar bimestralmente a la comunidad educativa, mediante una asamblea del avance del Proyecto de inversión.
  9. Establecer los vínculos de cooperación con el director del plantel para ejecutar las tareas inherentes al CEAP.
  10. Atender y coadyuvar con las autoridades fiscalizadoras cuando estas así lo requieran.
  11. Manejar en cuanta mancomunada con el Tesorero, los fondos de la Asociación, vigilando se lleve el control y el registro contable
  12. Al término de su gestión, rendir a la Asamblea General y a las autoridades educativas, un informe pormenorizado de su gestión.

2.-Son funciones del Secretario del CEAP:

  1. Elaborar y firmar conjuntamente con el presidente las Actas de las reuniones, las que se registrarán en el libro correspondiente.
  2. Revisar y firmar conjuntamente con el Presidente y Tesorero, los Estados Financieros de la Asociación.
  3. Emitir las convocatorias de la Asamblea General que el CEAP solicite. Solicitar al director del plantel, los espacios adecuados para rendir los informes a la asamblea y a la comunidad educativa en general.

3.-Son funciones del Tesorero del CEAP:

  1. Conducirse bajo los principios de honradez, probidad y transparencia.
  2. Aperturar y suscribir la cuenta bancaria mancomunada con el Presidente, garantizando en todo momento el correcto uso de los recursos.
  3. Administrar adecuadamente las aportaciones voluntarias y que se ejerzan en beneficio y dentro de las Instituciones Educativas, elevando la calidad educativa, apegándose en todo momento al proyecto de inversión autorizado.
  4. Reconocer y ejecutar el gasto con base en los lineamientos para la operación del CEAP
  5. El Tesorero del CEAP deberá presentar lo siguiente:
  6. Libro de ingresos y egresos de la Asociación
  7. Recabar los comprobantes  de los gastos realizados debidamente requisitados.
  8. Garantizar que los comprobantes de gastos reúnan los requisitos fiscales vigentes
  9.  Entregar conjuntamente con el Presidente, los Estados Financieros y el saldo final del ejercicio fiscal, director del plantel, así como a los organismos fiscalizadores que lo requieran.
  10. Enterar en tiempo y forma ante el Servicio de Administración Tributaria, las obligaciones fiscales a las que esté apegada la Asociación.

4.-Son funciones de los Vocales del CEAP:

  1. Vigilar el buen uso de los recursos monetarios captados en las instituciones educativas provenientes de las aportaciones que realizan las madres y padres de familia y/o tutores legales de las y los alumnos matriculados, así como los particulares.

Conforme a lo establecido en el artículo 3º. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  será responsabilidad de un comité regular la captación, administración, ejecución y comprobación del gasto del presupuesto resultante de aportaciones voluntarias del plantel, de acuerdo a sus necesidades, para lograr así, su constitución como un espacio fundamental para el proceso de enseñanza-aprendizaje, atendiendo a los planteamientos de la Nueva escuela Mexicana, el COMITÉ ESCOLAR DE ADMINISTRACIÓN PARTICIPATIVA DEL CBTIS No.148, se regirá bajo la siguiente:

MISIÓN: “Administrar,  formalizar y ejercer las aportaciones voluntarias originadas a través de las madres y padres de familia y/o tutores legales, así como de cualquier otro organismo, bajo un esquema democrático de transparencia, en forma eficiente y en corresponsabilidad con el sistema educativo, para alcanzar los objetivos institucionales del CBTIS No. 148”.

VISIÓN: “Alcanzar una educación de excelencia, a través del mejoramiento integral constante, promoviendo el máximo logro de aprendizaje de los educandos,  desarrollando  su pensamiento crítico y  fortaleciendo  los lazos entre escuela y comunidad”.

VALORES: Honradez, probidad,  transparencia, equidad, eficiencia, austeridad, rendición de cuentas.

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